Oficial de Protección de Instalaciones Portuarias

El "Oficial de protección de la instalación portuaria" es definido por el Código PBIP como la persona designada para asumir la responsabilidad de la elaboración, implantación, revisión y actualización del plan de protección de la instalación portuaria, y para la coordinación con los oficiales de protección de los buques y con los oficiales de las compañías para la protección marítima.

Se designará un oficial de protección de la instalación portuaria para cada instalación portuaria. Una misma persona podrá ser designada oficial de protección de más de una instalación portuaria.

Además de las que se estipulan en otras secciones de la presente parte del Código, las tareas y responsabilidades del oficial de protección de la instalación portuaria serán, sin que esta enumeración sea exhaustiva, las siguientes:
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1. Llevar a cabo una evaluación inicial completa de la instalación portuaria, tomando en consideración la oportuna evaluación de la protección de la instalación portuaria;

2. Garantizar la elaboración y el mantenimiento del plan de protección de la instalación portuaria;

3. Implantar el plan de protección de la instalación portuaria y realizar prácticas con él;

4. Realizar periódicamente inspecciones de protección de la instalación portuaria para asegurarse de que las medidas de protección siguen siendo adecuadas;

5. Recomendar e incluir, según proceda, modificaciones en el plan de protección de la instalación portuaria a fin de subsanar deficiencias y actualizar el plan en función de los cambios que haya en la instalación portuaria;

6. Acrecentar la toma de conciencia de la protección y la vigilancia entre el personal de la instalación portuaria;

7. Asegurarse de que se ha impartido la formación adecuada al personal responsable de la protección de la instalación portuaria;

8. Informar a las autoridades pertinentes de los sucesos que supongan una amenaza para la protección de la instalación portuaria y llevar un registro de los mismos;

9. Coordinar la implantación del plan de protección de la instalación portuaria con los pertinentes oficiales de protección de los buques y oficiales de las compañías para la protección marítima;

10. Coordinarse con los servicios de protección necesarios;

11. Asegurarse de que se cumplen las normas relativas al personal responsable de la protección de la instalación portuaria;

12. Garantizar el funcionamiento, prueba, calibrado y mantenimiento adecuados del equipo de protección, si lo hay; y

13. Ayudar a los oficiales de protección de los buques a confirmar la identidad de las personas que deseen subir a bordo, cuando se les pida.

Fuente: Código PBIP