Evaluación de Protección de las Instalaciones Portuarias
Proceso de Recertificación-PBIP/ISPS
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La Prefectura Naval Argentina, en su calidad de Autoridad de Aplicación del Código Internacional para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias (Código PBIP), se encuentra abocada a la tarea de preservar la seguridad y protección en todo el ámbito y quehacer portuario y marítimo.
Se ha dispuesto para iniciar el proceso de recertificación para el Período 2014-2019, la realización de una nueva Evaluación de Protección.
Las instalaciones portuarias que deseen mantener la Declaración de Cumplimiento en virtud de los alcances de la normativa y que hayan superado la cuarta renovación de sus certificados, deberán cumplimentar la presente evaluación con no menos de tres (3) meses de anticipación a la fecha de vencimiento de la certificación internacional, a fin de permitir su estudio y programación de las correspondientes auditorias de recertificación.
Normativa:
- Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS, enmendado).
- Código Internacional de Protección de Buques y las Instalaciones Portuarias (Código PBIP)
- Ley Nacional 26.108.
- Decretos del Poder Ejecutivo Nacional Nº 1241/03 y 1973/04.
- Ordenanza 06/03 – Tomo 8 – Régimen Policial.
- Circular MSC.1/Circ.1192.