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Protección Portuaria: Proceso de Recertificación PBIP/ISPS

Evaluación de Protección de las Instalaciones Portuarias
Proceso de Recertificación-PBIP/ISPS

Crédito: primemovermag.com.au
La Prefectura Naval Argentina, en su calidad de Autoridad de Aplicación del Código Internacional para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias (Código PBIP), se encuentra abocada a la tarea de preservar la seguridad y protección en todo el ámbito y quehacer portuario y marítimo.

Se ha dispuesto para iniciar el proceso de recertificación para el Período 2014-2019, la realización de una nueva Evaluación de Protección.

Las instalaciones portuarias que deseen mantener la Declaración de Cumplimiento en virtud de los alcances de la normativa y que hayan superado la cuarta renovación de sus certificados, deberán cumplimentar la presente evaluación con no menos de tres (3) meses de anticipación a la fecha de vencimiento de la certificación internacional, a fin de permitir su estudio y programación de las correspondientes auditorias de recertificación.

Normativa:
  • Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS, enmendado).
  • Código Internacional de Protección de Buques y las Instalaciones Portuarias (Código PBIP)
  • Ley Nacional 26.108.
  • Decretos del Poder Ejecutivo Nacional Nº 1241/03 y 1973/04.
  • Ordenanza 06/03 – Tomo 8 – Régimen Policial.
  • Circular MSC.1/Circ.1192.


Ship Security Officer

The ISPS Code defines the Ship  Security Officer as the person on board the ship, accountable to the master, designated by the Company as responsible  for the security of the ship, including implementation and maintenance of the ship security plan and for liaison with the company security officer and port facility security officers.
Credito: IMO

The  duties and responsibilities of the Ship Security Officer shall include:

1. Undertaking regular security inspections of the ship to ensure that appropriate security measures are maintained;

2. Maintaining and supervising the implementation of the ship security plan, including any amendments to the plan;

3. Co-ordinating the security aspects of the handling of cargo and ship’s stores with other shipboard personnel and with the relevant port facility security officers;

4. Proposing modifications to the ship security plan;

5. Reporting to the company security officer any deficiencies and non-conformities identified during internal audits, periodic reviews, security inspections and verifications of compliance and implementing any corrective actions;

6. Enhancing security awareness and vigilance on board;

7. Ensuring that adequate training has been provided to shipboard personnel, as appropriate;

8. Reporting all security incidents;

9. Co-ordinating implementation of the ship security plan with the company security officer and the relevant port facility security officer; and

10. Ensuring that security equipment is properly operated, tested, calibrated and maintained, if any.

Source: ISPS Code.

Código PBIP. Adopción.

Tras los trágicos acontecimientos del 11 de septiembre de 2001, la vigésima segunda Asamblea de la Organización Marítima Internacional, celebrada en noviembre de 2001, acordó por unanimidad que debían elaborarse nuevas medidas en relación con la protección de los buques y de las instalaciones portuarias, las cuales se adoptarían en una Conferencia de los Gobiernos Contratantes del Convenio Internacional para la seguridad de la vida humana en el mar, 1974, en diciembre de 2002. 
Crédito: IMO
La Conferencia diplomática sobre protección marítima celebrada en Londres en diciembre de 2002 adoptó nuevas disposiciones del Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar, 1974, así como el Código PBIP, para incrementar la protección marítima. Estas nuevas prescripciones constituyen el ordenamiento internacional que permitirá que los buques y las instalaciones portuarias puedan cooperar para detectar y prevenir actos que supongan una amenaza para la protección del sector del transporte marítimo.
La implantación de las disposiciones requerirá una continua y eficaz cooperación y entendimiento entre todos los que tienen que ver con los buques y las instalaciones portuarias, o los utilizan, incluido el personal del buque, el personal portuario, los pasajeros, los intereses de la carga, los gestores navales, los administradores de puertos y las autoridades nacionales y locales que tengan responsabilidades en el ámbito de la protección. Las prácticas y procedimientos existentes tendrán que someterse a revisión y modificarse si no ofrecen un nivel adecuado de protección. En interés de una mayor protección marítima, tanto los sectores naviero y portuario como las autoridades nacionales y locales tendrán que asumir responsabilidades adicionales.

(texto del Código PBIP y otras resoluciones vinculadas)